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 Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida "CECINA DE LEÓN"
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Reglamento de la IGP Cecina de León

ORDEN de 27 de junio de 1994 por la que se ratifica el Reglamento de la Denominación Específica “Cecina de León” y su Consejo Regulador y Orden AYG/1290/2004 de 29 de julio, por la que se modifica el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida “Cecina de León”

Aprobado el Reglamento de la Denominación Especifica “Cecina de León” y su Consejo Regulador por Orden de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, de 17 de enero de 1994, redactado conforme a lo dispuesto en la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, y sus disposiciones complementarias y de acuerdo con la Ley Orgánica 9/1992, de 23 de diciembre, por la que se transfiere a la Comunidad Autónoma de Castilla y León las competencias de desarrollo legislativo y ejecución en colaboración con el Estado, en materia de denominaciones de origen, corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación conocer y ratificar dicho Reglamento. En su virtud, dispongo:

Artículo único.
Se ratifica el texto del Reglamento de la Denominación Especifica “Cecina de León”, aprobado por Orden de 17 de enero de 1994, de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León, que figura como anexo a la presente disposición, que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación asumirá a los efectos de su promoción y defensa en el ámbito nacional e internacional.

Disposición transitoria única.
El actual Consejo Regulador provisional de la Denominación Especifica “Cecina de León” asumirá la totalidad de las funciones a que se refiere el capitulo VII, continuando sus actuales vocales en el desempeño de sus cargos hasta que el Consejo Regulador quede constituido de acuerdo con lo que establece el articulo 27 del Reglamento que figura como anexo a esta Orden.

Disposición final única.
La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Madrid, 27 de junio de 1994.

ATIENZA SERNA

Ilmos. Sres. Secretario general de alimentación y Director general de Política Alimentaria.


reglamento-completo.doc

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